miércoles, 29 de diciembre de 2010

En apretada síntesis...

‘La ley es tela de araña,
en mi ignorancia lo explico,
no la tema el hombre rico,
nunca la tema el que mande,
pues la rompe el bicho grande
y sólo enrieda a los chicos’.”

Selectividad criminalizante
Selectividad victimizante
Selectividad policizante
“Los legisladores proyectan punición en abstracto, lo que se llama criminalización primaria. La criminalización primaria es un proyecto legal tan enorme que en sentido estricto abarcaría a casi toda la población. Es un programa irrealizable que se cumple en muy escasa medida, pues sólo en un pequeño número de casos las agencias ejecutivas seleccionan personas sobre las que ejercen el poder punitivo (esta selección se llama criminalización secundaria). La desproporción entre lo programado por la criminalización primaria y lo realizado por la secundaria es inconmensurable, por lo que esta última tiene un amplísimo espacio de arbitrio selectivo. Este arbitrio no se ejerce al azar ni por la gravedad del delito, sino siguiendo las reglas de todas las burocracias: se hace lo más sencillo y lo que ocasiona menos conflictos. De ello resulta una preferente selección conforme a estereotipos. ” (Zaffaroni, 2009: 22).

“Cabe precisar que el poder punitivo no sólo es selectivo cuando criminaliza, sino también respecto de la victimización. La vulnerabilidad a la victimización aumenta con la menor capacidad de protección, que sufren los sectores de menores ingresos, los habitantes de barrios marginales, etc.” (Zaffaroni, 2009: 27).
“De las mismas capas sociales [Los sectores de menos ingresos, los habitantes de barrios marginales] se selecciona a los policías de baja jerarquía, que suelen sufrir físicamente las consecuencias de la violencia urbana y son sometidos a condiciones arbitrarias de trabajo (se les prohíbe la sindicalización, los reclamos colectivos, se les militariza, se les somete a un régimen autoritario, etc.).” (Zaffaroni, 2009: 27).

“Prefiero hablar de las víctimas en plural y no de la víctima, en singular. Varios argumentos motivan esta formulación extensiva. Aunque la dogmática penal generalmente considera que a cada delito corresponde sólo un sujeto pasivo; sin embargo, la Criminología afirma, con argumentos empíricos irrefutables, que normalmente cada delito causa varias víctimas: una víctima directa y varias o muchas víctimas indirectas.” (Beristain, 2004: 114).

“En la mayor parte de los países la Policía está constituida por una variedad de servicios, uniformados o no. En los países de habla española y portuguesa la organización paramilitar o militar de sectores importantes de aquellos es manifiesta. En algunos la Policía militar predomina y en ocasiones constituye un ejército más o menos disimulado. En otros, lo militar aparece bajo los nombres de guardia civil, nacional, fuerzas armadas de cooperación, carabineros, gendarmería, etc.” (López-Rey, 1978: 166).


Bibliografía

Beristain, A. (2004). Protagonismo de las víctimas de hoy y mañana (Evolución en el campo jurídico penal, prisional y ético). Valencia, España: Tirant Lo Blanch.
López-Rey, M. (1978). Criminología. Criminalidad y Planificación de la Política Criminal (Vol. II). Madrid, España: Editorial Aguilar.
Zaffaroni, E. R. (2009). Estructura básica del derecho penal. Buenos Aires, Argentina: EDIAR.

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