Introducción.- Eduardo Melero Alonso escribe: “La dogmática jurídica se presenta a la sociedad bajo la apariencia de una ciencia, que cumple un función técnica…considero que la dogmática, sin embargo, cumple una función política de primer orden, ya que reproduce la visión de mundo hegemónica en la sociedad.” (Fecha de lectura: 19 de noviembre de 2010). El objetivo único de este artículo es apreciar que la dogmática jurídico-penal también es política.
La dogmática jurídico-penal también es política.- Por su parte, Eugenio Raúl Zaffaroni escribe con mesura: “Todo concepto jurídico-penal aspira a ser aplicado por una rama del gobierno (la judicial); por lo tanto, tiene un sentido político (todo poder es político, participa del gobierno de la polis), pues inevitablemente todo concepto aspira a una función de poder en el plano de la realidad social.” (1979: 19).
Explicación.- Zaffaroni dice las cosas de manera muy extraña, pues acaso ¿Los conceptos tienen aspiraciones? Lo cierto es que son cosas difíciles de decir porque van contra la corriente. Quizás convendría afirmar que el derecho es una ciencia teórico-práctica, por el hecho de ser como un movimiento continuo que desciende hacia la acción concreta de la jurisprudencia. Pero, no sería una explicación atinente al texto de Zaffaroni, pues parece que él quiere decir: el poder judicial o jurisdiccional es uno de los poderes en que se manifiesta la soberanía del estado. Por lo tanto, el ejercicio de ese poder —verdad de Perogrullo—es político. Esto alcanza a la ciencia jurídico-penal.
Reflexión.- En la reflexión habrá que partir del problema de fondo y éste es que vivimos en un mundo de injusticias y la dogmática jurídica puede estar contribuyendo a mantener y reproducir esa injusticia. La finalidad de un martillo es la construcción de artefactos al servicio del ser humano, pero es indudable que puede ser utilizado para romperle la crisma a alguien. Otro tanto pasa con la dogmática jurídico-penal su finalidad es construir un sistema de decisiones coherentes, congruentes y estéticas para el servicio de la jurisprudencia y, en última instancia, para construir el estado constitucional de derecho. Habrá que ser políticos, ya que habrá que ser creativos: los conceptos tienen aspiraciones.
Referencia bibliográfica.
Zaffaroni, Eugenio Raúl. (2009). Estructura básica del derecho penal. Buenos Aires (Argentina): EDIAR.
Página Web:
Meleo Alonso, Eduardo. (Consulta: 19 de noviembre de 2010).La dogmática jurídica es política.
No sé si mi comentario es pertinente :(, pero en ocasiones las leyes no hablo de las penales en específico, tienen una función o creo que más bien una finalidad "escondida" (no sé que palabra usar es la única que vino a mi mente :S), y es la política; me parece que ahora tengo que pensar si todo a mi alrededor está relacionado con ella... Interesante... :)
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