Objetivo: distinguir la exégesis en el contexto del descubrimiento de la decisión judicial.
Manuel Atienza al aceptar un “contexto de descubrimiento” diferente del “contexto de justificación” de la decisión judicial, implícitamente aceptan que hay <<algo>> que descubrir, desvelar y revelar (Atienza, 2009: 4). Un <<algo>> que está cubierto por alguna especie de velo y que necesita des-velarse (quitarle el velo) y re-velarse (darlo a conocer sin ese velo). Lo cual lo alinea con alguna postura de la interpretación, según la cual “…la atribución de significado a una fuente “clara” sería una actividad cognoscitiva, para descubrir un significado preexistente en un cierto texto, y no para decidir qué significado (de entre los muchos posibles) convenga a ese texto determinado.” (Guastini, 2000: 7).
En materia jurídico-penal, Eugenio Raúl Zaffaroni afirma: La exégesis no es más que el primer paso del análisis dogmático, debiendo seguirse los otros, lo que implica acabar de desentrañar el desvalor que el tipo [penal] expresa y, con éste, el alcance de la prohibición que señala. Con el tipo la ley expresa un desvalor, cuya precisión y limitación debe ser obra racional del intérprete (juez), que no la lleva a cabo literalmente, sino conforme a la totalidad del orden jurídico (que surge de las leyes) y, en especial, a las directivas que le trazan las leyes fundamentales. (Zaffaroni, 2009: 76-77).
Se advierte que en las decisiones judiciales no se está ante un problema que se agote en el significado de las palabras, como pretende Guastini (2000: 7), sino que hay <<algo>> más, un ámbito, un campo de realidad, que está velado y exige descubrirse para revelarse en la decisión interpretativa y, en el caso del juez, en la decisión judicial. Esa revelación, no el proceso de descubrimiento, es lo que se puede y se debe justificar. Bajo la perspectiva de aquellas disciplinas que estudian bajo qué condiciones un argumento puede considerarse justificado (2009: 6), Manuel Atienza estudia la teoría estándar de la argumentación. Menciona como ejemplos las teorías de Alexy y de MacCormick, las cuales pretenden mostrar no únicamente cómo se justifican de hecho las decisiones jurídicas, sino también como se deberían justificar. (2003: 6).
Bibliografía
Atienza, M. (2009). Las razones del derecho. Teorías de la argumentación jurídica. México: UNAM.
Guastini, R. (2001). Estudios sobre la interpretación jurídica. (M. Carbonell, & M. Gascón, Trads.) México: UNAM y Editorial Porrúa S.A.
Zaffaroni, E. R. (2009). Estructura básica del derecho penal. Buenos Aires, Argentina: EDIAR.
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