La verdad del intelecto práctico consiste en dirigir la acción |
Resumen
En la presente Entrada se intenta comprender una frase
Cayetano, explicada por Jacques Maritain, para reflexionar sobre ella y
averiguar si es posible extenderla al campo del derecho. La
frase: Veritas intellectus speculativi
consistit in cognocere, veritas autem intellectus practice in dirigere [“la
verdad del intelecto especulativo consiste en el conocer, mas la del intelecto
práctico en la dirección”].
Introducción
El
propósito de este artículo es retomar un interesante aporte de Manuel González
Oropeza sobre la noción de
jurisprudencia para pesar el pro y el contra de ella. La siguiente es su noción:
La
técnica de la jurisprudencia ha operado como una codificación de los casos
resueltos por la Suprema Corte de Justicia y, posteriormente, los Tribunales
Colegiados de Circuito. Se descontextualiza a los casos de amparos resueltos
por los jueces federales, despojándolos de los hechos y circunstancias que
rodearon a cada caso, y en una frase, párrafo o página se determina con
lenguaje prescriptivo el contenido de la decisión resuelta; entre más abstracta
se redacta la tesis de jurisprudencia, mejor satisfará el objetivo de la
jurisprudencia, por ello se trata de un esfuerzo codificador de los cinco o más
precedentes (González Oropeza , 2003) [las cursivas son nuestras].
Establecer
el área de investigación resulta difícil: ¿Filosofía del Derecho?, ¿Teoría del
Derecho?, ¿Ciencia Jurídica? El tema no parece pertenecer a la Ciencia ni la
Teoría del Derecho y, quizá convenga exagerar la cautela, para afirmar que el
campo de investigación es pre-filosófico y sugerir al filósofo que le aplique a
estas cuestiones todo el rigor de su método.
En
cierta ocasión, aún bajo la tensa atmosfera de la guerra fría, se le preguntó a
Benigno Zilli Mánica su opinión acerca de la teología de la liberación. Con la
agudeza intelectual que le caracteriza, este sacerdote católico y pensador
veracruzano, palabras más, palabras menos, contestó: <<Cuando dos
potencias se están repartiendo el mundo, como si se tratara de un pastel, el
latinoamericano no tiene el sosiego para pensar en cosas teológicas>>
(Conociendo la flaqueza de la memoria, hubiese deseado tomar una nota de
aquella respuesta, pues si el Maestro leyera este blog, podría enmendar la
plana).
Sin
embargo, lo que importa destacar es la circunstancia latinoamericana que nubla
las posiciones intelectuales y que lleva al estudiante y al estudioso a echar
mano de la literatura que tiene a su alcance. Los poderes económicos salvajes
siguen observando el mundo como un pastel a repartirse y los latinoamericanos
seguimos sin tener sosiego, pero, aun en la adversidad, en esta región se
necesita un saber que piense. Estudiar en una provincia mexicana como Veracruz,
es similar al abrir brecha dentro de una selva veracruzana. Quizá por esto uno
se siente tan a gusto dentro del realismo marginal que con buen tino describe
Eugenio Raúl Zaffaroni (Zaffaroni, 2003) .
La
explicación de Maritain muestra que el tema de la prudencia tiene en la historia del pensamiento importantes avances
y que los abogados estamos ante una especificación de ese tema, ya que nuestro
tema es la prudencia del derecho (o jurisprudencia). Por lo tanto, saber que
lo práctico difiere de lo especulativo por el fin perseguido nos resulta de
suma importancia. Lo especulativo contempla un objeto, en tanto que lo práctico
realiza una obra.
Si
el tema de Manuel González Oropeza es La
interpretación jurídica en México, el concepto central es la jurisprudencia (o esfuerzo
codificador de los cinco o más precedentes) y el punto principal del texto
trascrito es el siguiente: “…Se descontextualiza a los casos de amparos
resueltos por los jueces federales, despojándolos de los hechos y
circunstancias que rodearon a cada caso, y en una frase, párrafo o página se
determina con lenguaje prescriptivo el contenido de la decisión resuelta.” Entonces...
La explicación del filósofo
Jacques
Maritain comienza con un párrafo que es como una pepita de oro para quien anda
en busca de respuestas sobre estas cosas en las profundidades de la mina “lo
práctico”. Estas son las palabras del filósofo:
Por
el hecho de ser el conocimiento práctico como un movimiento de pensamiento
continuo que desciende hacia la acción concreta que ha de realizar en la
existencia, su carácter práctico, presente desde el origen, se intensifica paso
a paso, para llegar a ser en la prudencia totalmente dominador: llegado a este
punto todo lo ha invadido… (Maritain, 1978, pág. 725) .
Los
profesores habían insistido en demasía, cuando escribas no copies aquello que
dice un autor, por lo menos trata de expresar sus ideas con tus palabras. Muchos
escritos llevan esa impronta. Sin embargo, se tropezó con un profesor que opina
de manera diferente: “expresa las ideas de otro con sus palabras”. Hay aquí
como un principio de respeto y, se dice que un principio, ya que no solamente
habría que considerar el texto sino los contextos.
En
el texto Maritain opone lo práctico a lo especulativo: “Mientras hay ciencia,
al contrario, el conocimiento sigue siendo especulativo en uno u otro grado; y
en el orden del conocimiento práctico el grado más científico está representado por la filosofía moral.” (Maritain, 1978, pág. 725) . En nuestro contexto situacional la palabra más
difícil de entender es especular, ya
que apunta hacia la perdición intelectual, significa perderse en sutilezas o
hipótesis sin base real. En cambio, en los textos trascritos especulativo es igual a teórico. Especular quiere decir meditar,
reflexionar con hondura, teorizar.
Según
este filósofo:
Tiene
ésta [la filosofía moral] por objeto regular desde lejos la acción, y de consiguiente obrar desde lejos sobre la voluntad, por el conocimiento mismo, y en
vista de este fin organiza en un encadenamiento práctico los materiales de que
trata y descubre las articulaciones ontológicas concernientes a la acción,
adaptando a su fin práctico un instrumental de conceptos, modos de definir y de
juzgar todavía típicamente especulativos. En lugar de consistir formalmente,
como en la prudencia, en el dirigir y
no en el conocer, la verdad del
juicio consiste formalmente en el conocer, en el conocer como fundamento del dirigir
(Maritain, 1978, pág.
725) .
Jacques
Maritain continua su explicación afirmando cosas sobre la filosofía moral, pero
a nosotros ya nos dijo cosas difíciles de entender, de asimilar y, sobre todo,
de aceptar.
La prudencia del derecho
El
autor del blog habita dentro de una calle de un solo sentido, lo cual está sencillamente señalizado por una flecha muy
visible. Sin embargo, la mayoría de los conductores de automóviles entran a esa
calle en sentido contrario. La fuerza
directiva expresada en la señalización de tránsito está totalmente anulada por
el mal hábito de los conductores. ¿Por qué traer a colación este comentario?
Porque es necesario mostrar que el término sentido
nos es muy familiar hoy en día.
Así
que, cuando se afirma el tema de Gonzáles Oropeza y se dice que la
interpretación jurídica, la interpretación del texto de la ley es desentrañar
el sentido de una norma, ya no se
pensará solamente en el significado del texto que se trate sino en la fuerza directiva que entraña dicho
texto. También comprenderá el lector que existe un saber sobre el texto de la
ley que es conocimiento práctico, que es como un movimiento de pensamiento
continuo que desciende hacia la acción concreta que ha de realizar en la
existencia.
¿Desde
dónde desciende? Desciende desde ciertas reglas infundidas en nosotros y que
son algo semejante a una originaria memoria del bien y de lo verdadero. No se
podría entrar, ni sería el momento, en la discusión de este aserto, pero es
menester llamar la atención de los juristas sobre la teoría del bien jurídico (Contreras López, 1976) .
En
cuanto al concepto central de Manuel González Oropeza se sostiene que la
jurisprudencia o prudencia del derecho es una especie de la prudencia. No nos
vaya a salir alguien tratando de decir que una cosa es la prudencia moral y
otra la prudencia jurídica, esto significaría un estrabismo intelectual (en
medicina se conoce como estrabismo la
disposición anómala de los ojos por la cual los dos ejes visuales no se dirigen
a la vez a un mismo objeto).
¿Qué
decir del punto principal en el párrafo de González Oropeza que sirvió como
punto de arranque? “…Se descontextualiza a los casos de amparos resueltos por
los jueces federales, despojándolos de los hechos y circunstancias que rodearon
a cada caso, y en una frase, párrafo o página se determina con lenguaje
prescriptivo el contenido de la decisión resuelta.” Se dirá solamente que es
una reflexión sobre el saber que dirigió una serie de resoluciones judiciales, un
saber que se juzgó prudente y se considera que mantiene una fuerza directiva
para casos similares posteriores. Por esto, su contenido se expresa en lenguaje
prescriptivo.
“Lo
práctico” es un filón para los abogados, una materia de la que se espera sacar
mucho provecho y que no se debe confundir con el mero ejercicio de una técnica
jurídica empleada sobre todo por “los practicones” ("tribunalicios", "codigueros" o "coyotes").
Bibliografía
Contreras López, R. E. (1976). La tutela penal de
bienes jurídicos. Xalapa, Veracruz, México: Universidad Veracruzana.
González Oropeza , M. (2003). La interpretación jurídica en
México. En R. Vázquez, Interpretación jurídica y decisión judicial
(págs. 237-254). México: Editorial Doctrina Jurídica Contemporánea.
Maritain, J. (1978). Los grados del saber. Distinguir
para unir. (A. Frossard, Trad.) Buenos Aires, Argentina: Club de
Lectores.
Zaffaroni, E. R. (2003). Criminología. Aproximación
desde el margen. Bogotá, Colombia: Temis.
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