Introducción.- El derecho subjetivo penal suele identificarse con el derecho de castigar o ius puniendi. Pero, se debe notar que no es un derecho; en México, algunos dicen que es un deber, otros que es una función y alguno con buen tino señala que se trata del poder de castigar. En cuanto al derecho objetivo penal se le identifica con la ley penal o norma jurídico-penal. Prácticamente ninguno de los autores mexicanos considera que el derecho objetivo penal sea el fundamento del derecho subjetivo penal. Por el contrario, expresamente advierten que la ley penal limita al poder de castigar. Dentro de este artículo, el autor se propone alcanzar solamente un objetivo específico: a) Identificar las preguntas básicas de la ciencia del derecho penal o saber de los iuspenalistas.
Las preguntas básicas.- Eugenio Raúl Zaffaroni afirma: “Toda teoría del derecho penal debe responder a tres preguntas básicas: (a) ¿Qué es el derecho penal? (teoría del derecho penal) (b) ¿Qué es el delito? (teoría del delito) y (c) ¿Cómo se debe responder al delito? (teoría de la responsabilidad penal).” (Zaffaroni, 2009: 15). Se considera que el autor citado ha omitido una cuarta cuestión, tan fundamental como las anteriores: ¿Cómo se transforma el derecho penal en jurisprudencia? (Arte del derecho). (Roxin, 2006: 207-208).
Explicación.- El afán del maestro argentino es poner orden en la casa teórica del derecho penal y también dar a conocer el plan de exposición que tiene pensado para sus escritos en la materia. Las dos primeras cuestiones han sido compañeras inseparables de su obra jurídico-penal. En cambio, la tercera interrogante se ha modificado al paso de los años, en otro momento la planteó de este modo: “¿Cuáles son las consecuencias penales del delito?... (Teoría de la coerción penal)” (1979:21).
Reflexión.- Suele decirse que el arte del derecho es la actividad práctica del jurista que elige, de acuerdo con los datos de la Ciencia Sistemática del Derecho y de la Historia del Derecho, las normas que valora como más justas ante unas circunstancias determinadas. (Villoro, 1999:142). Quien tal cosa crea debe iniciar una conversión, pues, en su horizonte de comprensión, perdió de vista una dimensión del saber que es sui generis, pues todavía es un conocer que escudriña las cosas del derecho penal y aun no es aquel conocer que dirige la acción prudente del jurista (iuris prudentia), pero es un saber llamado a dirigir esa acción. La jurisprudencia — también la penal— la construyen los jueces.
Referencias bibliográficas:
ROXIN, Claus. (2006). Derecho Penal, Parte General. Tomo I. Madrid (España): Civitas Ediciones, S. L. (traductores: Diego Manuel Luzón Peña, Miguel Díaz y García Conlledo y Javier de Vicente Remesal).
VILLORO TORANZO, Miguel. (1999). Introducción al estudio del Derecho. México: Editorial Porrúa S. A.
ZAFFARONI, Eugenio Raúl. (2009). Estructura básica del derecho penal. Buenos Aires (Argentina): EDIAR.
ZAFFARONI, E. R. Manual de Derecho Penal, Parte General. (1979). México. Cárdenas Editores S. A.
Que tal
ResponderEliminarMuy interesante su blog, y mis respetos para usted. Me parece que su reflexion es profunda y muy estudiada, al querer sumergirse en el derecho penal es vital contar con las reflexiones que usted propone. Sin embargo en alguna medida haciendo una explicacion total del fenomeno llamado derecho penal, en alguna de las variantes que usted expone, que si ley, que si jurisprudencia, etc. realmente creo que la psicologia, la neurologia, la naturaleza humana y social de las personas, el entorno, la cultura, y ultimamente que si el genoma, las neuronas, los connectomes, todos estos elementos han quedado fuera de la explicacion del derecho penal, y mas alla de identificar el fenomeno especifico que recibe ese nombre, ¿verdaderamente cuales son las raices, fisicas, biologicas, sociologicas o psicologicas de ese fenomeno?
Saludos
gerjs10@hotmail.com
Querido Maestro:
ResponderEliminarMe parece que este blog es una ventana abierta a su escritorio. Gracias por permitirnos echar un vistazo a lo que se encuentra reflexionando y cocinando a fuego lento.
Mi cariño y admiraciòn de siempre!
Marily