lunes, 20 de octubre de 2014

EZLN...¿Prueba fehaciente?

 
 
Me inspiró aquél que afirmó, y diría que con profundo dolor, <<El tiempo y el espacio me han superado…>>.
 
“Cualquier aproximación antropológica ha de tener muy en cuenta la problemática en torno al espacio y al tiempo.” (Duch, 2004: 110). Esto viene a colación porque nos acercamos a la quinta conclusión de Emilio Gidi Villarreal en su libro Los Derechos Políticos de los Pueblos Indígenas Mexicanos (2005: 326).
Tal vez una prueba fehaciente de la permanencia hasta nuestros días de una personalidad propia de los pueblos indígenas fueron las constantes acciones de resistencia contra la dominación colonial mientras ésta duró; pero que no desaparecieron a lo largo del México independiente en que el nuevo Estado las reprimió con dureza y tomó medidas drásticas para desaparecer los focos de resistencia más notables, como pudo ser la extradición de los yaquis a la Península de Yucatán y a Cuba.
El México posterior a la Revolución Mexicana tampoco estuvo exento de rebeliones indígenas que al igual que las anteriores fueron reprimidas con violencia por los primeros gobiernos revolucionarios.
La última muestra de esa constante fue, en nuestros días, el levantamiento del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional a finales del siglo XX.
Una prueba fehaciente no es una prueba irrefutable, ni una prueba concluyente. El significado usual  de la voz “Fehaciente” es <<hace fe, fidedigno>> y, el vocablo “fidedigno”, a su vez, es un adjetivo que, usualmente, quiere decir <<digno de fe y crédito>>. Entonces, según los conceptos significados, una prueba fehaciente es una prueba digna de tomarse en cuenta, pero no es una prueba irrefutable.
Si a lo anterior se le antepone, como lo hace Gidi Villarreal, un “tal vez” (acaso, quizás, posiblemente, probablemente), entonces el lector está ante una aparente conclusión, pero no hay que apresurarse, ya que se trata de una conclusión propia de los estudios históricos…
Si se cambia la posición y la misma idea se expone desde otra perspectiva y se enmarca el hecho con el <<Hoy decimos ¡Basta!>> de Guillermo Michel (2001: 99), la interpretación del hecho es similar, veamos:
Es posible que en la conciencia de la humanidad el 1° de enero de 1994 haya resonado una especie de explosión, cuando los medios de difusión dieron a conocer la Primera Declaración de la Selva Lacandona, en medio de grandes festejos para celebrar la llegada de lo que nos hemos acostumbrado a llamar “año nuevo”. Ese día, además, mexicanos, canadienses y norteamericanos celebrábamos la puesta en marcha del tristemente famoso “Tratado de Libre Comercio” (TLC), el cual para muchísimos mexicanos, engañados por la propaganda oficial significaba entrar por la “vía rápida al llamado “Primer Mundo”. Muy poco duró el gusto de tantas celebraciones, pues a la entrada de ese año nuevo, quienes se nombraron a sí mismos “herederos de los verdaderos de los verdaderos forjadores de nuestra nacionalidad” lanzaron un llamamiento a sus hermanos mexicanos, desde las profundidades de su historia vivida bajo la pesada sombra del silencio, para recordarnos que “somos producto de 500 años de lucha”.
Y así, paso a paso, se suscita el reencuentro con el problema nuestro: ¿Por qué se castiga a los indígenas, a los pobres entre los pobres, preferentemente? O, mejor aún, ¿Es tolerable el castigo de una cultura para el integrante de una cultura distinta? Pero, también se da la primera aproximación al contraste, a la necesidad que tenemos de acercarnos adecuadamente a la cultura propia y, sobre todo, a las culturas distintas de la nuestra. Habrá que ir forjando la disposición para un diálogo no solo multicultural sino también intercultural, aún en el campo de realidad del derecho penal.
A todo esto, y a imagen y semejanza de una medida precautoria, habrá que revisar nociones elementales de la Teoría general del proceso para la cual se recomienda en esta semana la lectura de la obra de Alberto Saíd e Isidro M. González (2006).

Bibliografía

Duch, L. (2004). Estaciones del Laberinto. Ensayos de Antropología. Barcelona, España: Herder.
Gidi Villarreal, E. (2005). Los derechos políticos de los pueblos indígenas mexicanos. México: Editorial Porrúa.
Michel, G. (2001). Entrelazos. México: Universidad Autónoma Metropolitana.
Said , A., & González Gutierrez, I. M. (2011). Teoría General del Proceso. México: IURE editores.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

1 comentario:

  1. Muy interesante tema, la verdad es que no lo habia leido antes, se agradece muchisimo. Saludos desde procurador online Barcelona

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