Muy
temprano Antonio Beristain percibe dos cosas importantes respecto de las
medidas de seguridad: a) La teoría y la legislación de las medidas no alcanzan
todavía un nivel científico suficiente; b) quienes llevan a cabo la aplicación
práctica de las medidas, carecen, a veces, de los medios indispensables, y por
ello producen resultados negativos. Las siguientes son las palabras del autor:
Estas
medidas inciden cada día con más frecuencia
y profundidad en los derechos
elementales del hombre y en los puntos
clave del derecho penal. Sin embargo, la
teoría y la legislación de las medidas no alcanzan todavía un nivel científico
suficiente, y presentan lagunas, problemas y contradicciones. Quienes
llevan a cabo la aplicación práctica de las medidas, carecen, a veces, de los medios indispensables, y por ello producen
resultados negativos (Beristain Ipiña, 1974,
pág. 27) .
Entre
nosotros Miguel Villoro Toranzo, Profesor de la Universidad Iberoamericana, expresa
que no debe ser confundido el proceso de investigación científica con la
presentación de afirmaciones que pueden o no contener conclusiones científicas y,
enseguida, explica que es a propósito de esta presentación que se habla de
niveles en la formulación de las afirmaciones (Villoro Toranzo, Metodología
del Trabajo Jurídico. Técnicas del Seminario de Derecho, 1992, págs. 18-19) .
El
autor mexicano se refiere a Felipe Pardinas quien, a su vez, explica que “Nivel
quiere decir rigidez en el control del procedimiento para llegar a los
resultados; rigidez para controlar el proceso que nos lleva a los resultados de
una investigación de una búsqueda. En términos generales: si el control es muy
rígido el trabajo es científico; si el control o no existe o no es rígido, no
es científico” (Villoro Toranzo,
Metodología del Trabajo Jurídico. Técnicas del Seminario de Derecho, 1992,
pág. 18) .
Atendiendo
a la rigidez en el control de las afirmaciones
podemos distinguir tres niveles en la formulación de las afirmaciones:
Ø Nivel
popular o vulgar, en el que o no existe control o éste es mínimo;
Ø Nivel
medio o de divulgación, en el que el autor se fundamenta en afirmaciones
controladas por otros pero que él mismo no controla;
Ø Nivel
científico, en que el autor controla sus propias afirmaciones.
En
este marco, resulta sencillo comprender por qué Beristain sustenta que la teoría de las medidas de seguridad no
alcanza todavía un nivel científico suficiente, pues los autores no controlan
suficientemente sus propias afirmaciones sobre este objeto de conocimiento. Nada
sencillo es entender por qué el autor expresa que la legislación de las medidas no alcanza todavía un nivel científico
suficiente. La legislación no es un conjunto de afirmaciones sino un conjunto
de leyes. Se trata de un texto producido por el legislador y que es el objeto
de diversas afirmaciones científicas o no. ¿Se equivocó Beristain u observó la
legislación con una profundidad poco común? Nuestro parecer es que el hábito de
observar las cosas con una mirada intedisciplinaria e, incluso,
transdisciplinaria, le llevó a considerar la legislación desde las alturas de
la ciencia metafísica en donde lo que esencialmente es, es lo que debe ser.
Pero, aún no se tienen elementos para mantener tal aseveración, por lo tanto,
se deja la cuestión en suspenso.
En
esta Entrada, el lector se deberá conformar con la crítica que hace el jesuita
español acerca de la insuficiencia científica de la teoría sobre las medidas de
seguridad. También con el aserto de que la falta de nivel científico suficiente
por parte de esa teoría produce resultados negativos. Lo cual conduce a
confirmar la hipótesis de que Antonio Beristain admira la existencia de una alternativa
para el castigo o pena que caracteriza al derecho penal. No obstante, continúa
su investigación navegando en un mar de dudas, como se verá en las siguientes
Entradas del presente blog.
Bibliografía
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